LEGISLACIÓN DE PERCLORATOS Y CLORATOS EN VINOS Y MOSTOS

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Legislación sobre estos compuestos clorados que afectan a la uva de vinificación y a sus derivados: mostos y vinos

¿QUÉ SON LOS CLORATOS Y PERCLORATOS?

Los Percloratos son las sales del ácido perclórico HClO4, ácido con el cloro en estado de oxidación +7. Los Cloratos son las sales del ácido clórico HClO3, con el cloro en estado de oxidación +5.

Ambos son oxidantes fuertes y los cloratos a su vez pueden ser oxidados a percloratos. Son bastante inestables y como tales no se encuentran en la naturaleza. Son incoloros y no tienen olor. Su toxicidad principalmente deriva de la interferencia con la absorción de Iodo por la glándula tiroides, produciendo hipotiroidismo.

¿CUÁL ES SU ORIGEN?

Los percloratos son contaminantes ambientales, entran al ambiente desde las industrias en las que se usan como productos de limpieza, blanqueadores, como explosivos de los fuegos artificiales, etc. así los percloratos pueden llegar al agua subterránea y al suelo desde dónde pueden pasar a los alimentos y a abastecimientos de agua potable.

Los cloratos fueron autorizados como plaguicidas hasta 1984, posteriormente se siguen usando en pirotecnia y para encender las cerillas en la reacción con el fósforo; en los alimentos, se determinó que su origen está en los subproductos residuales de aguas potabilizadas con productos clorados (dióxido de cloro) y alimentos vegetales desinfectados con aguas cloradas.

LEGISLACIÓN

A cada uno de los compuestos le aplica una legislación distinta:

. Los percloratos no están considerados plaguicidas porque no se aplican en campo sino que pueden ser contaminantes ambientales procedentes de derivados clorados de usos industriales, aguas cloradas, etc., están incluidos en la legislación europea de contaminantes Reglamento CE 2023/915 https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32023R0915 relativo a los límites máximos de determinados contaminantes en los alimentos y por el que se deroga el Regl CE 1881/2006 con un límite de 0,05 mg/kg para frutas entre las que está la uva de vinificación que es la que aplica al vino.

. Los cloratos sí están en la legislación de plaguicidas, desde 2008 están prohibidos todos los plaguicidas que contengan cloratos (les aplicaría un LMR de 0,01mg/kg), pero como pueden proceder también de otros orígenes como las aguas cloradas o el suelo… se ha modificado este límite en el Reglamento CE 2020/749 https://www.boe.es/doue/2020/178/L00007-00020.pdf incluyendo un LMR de 0,05mg/kg para uva de vinificación.

ANALIZANDO CLORATOS Y PERCLORATOS

Los cloratos y percloratos no están incluidos en los análisis multirresiduos del Laboratorio Dolmar porque tienen un procedimiento de análisis distinto específico de compuestos polares. Se analizan Cloratos y Percloratos en el mismo método, aunque los resultados se obtienen por separado. El método de determinación analítica es el especificado en el PNT-74-01 “Análisis de residuos de plaguicidas polares” mediante la técnica Cromatografía Líquida con detector Masas-Masas triple quadrupolo (LC-MS/MS) con patrones internos marcados isotópicamente, método basado en QuPPe-POMethod.

En el informe de análisis se informa de:Cloratos (mg/kg)
Percloratos (mg/kg)
Las unidades son mg/kg y el límite de cuantificación es de 0,01 mg/kg, 5 veces inferior al límite legal.

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