La UE establece límites más estrictos de plomo y cadmio en alimentos que afectan a la industria vitivinícola
Con el objetivo de reducir los contaminantes tóxicos en los alimentos, en 2022 se publicaron en el DOUE dos nuevos reglamentos que disminuían los límites máximos de Plomo y Cadmio en los productos alimenticios. Estos reglamentos modificaban el Reglamento de Contaminantes 1881/2006. Este reglamento ha sido derogado y sustituido por el Reglamento 2023/915 que ha entrado en vigor en mayo de 2023 y en el que se mantienen los límites anteriores.
Los metales se encuentran naturalmente en los alimentos y algunos como el Hierro, Cobre o Zinc son necesarios en cantidades bajas para nuestra salud, pero hay otro grupo de metales como Plomo, Cadmio, Arsénico y Mercurio denominados comúnmente Metales pesados, que son perjudiciales. Éstos llegan a los alimentos como contaminantes ambientales desde el aire, el suelo y el agua procedentes de fuentes naturales e industriales: minería, quema de residuos, etc. Sus efectos en el organismo están relacionados con daños en hígado, riñón y cerebro.
A continuación analizamos la legislación actualizada que afecta a la industria vitivinícola:
PLOMO
Los límites aplican a Vinos y productos relacionados en función del año de cosecha, (se indican también los límites establecidos por la OIV):
Producto | Año de cosecha | Límite Plomo UE Regl. UE 2023/915 | Año de cosecha | Límite Plomo OIV R. oeno 638/19 |
Vino (incluido espumoso y excluido vino de licor), Sidra, Perada y Vino de frutas | 2001 a 2015 | 0,20 mg/l | 2006 a 2018 | 0,15 mg/l |
2016 a 2021 | 0,15 mg/l | A partir de 2019 | 0,10 mg/l | |
A partir de 2022 | 0,10 mg/l | |||
Vino aromatizado, bebidas aromatizadas a base de vino y cócteles aromatizados de pdtos vitivinícolas | 2001 a 2015 | 0,20 mg/l | ||
2016 a 2021 | 0,15 mg/l | |||
A partir de 2022 | 0,10 mg/l | |||
Vino de licor elaborado a partir de uvas | A partir de 2022 | 0,15 mg/l | A partir de 2019 | 0,15 mg/l |
Vinos de licor sujetos a largos periodos de envejecimiento | El límite vigente en el momento de su producción | |||
Zumos de frutas, zumos de frutas concentrados reconstituidos y Néctares de Bayas y otras frutas pequeñas | 0,05 mg/l | |||
CADMIO
La legislación europea no pone un límite de cadmio en vino, aplicaría el límite del producto de origen: uvas, en este caso en el grupo de Bayas y frutas pequeñas, (también se indican los límites de la OIV que sí establece límites para el vino).
Producto | Año de cosecha | Límite Cd UE Regl. UE 2023/915 | Producto | Año de cosecha | Límite Cd OIV OIV-MA-CI-01:R2019 |
Bayas y frutas pequeñas | Desde 2006 a 2021 | 0,05 mg/l | Vino | Desde 2006 a 2018 | 0,05 mg/l |
30/08/2021 Los productos comercializados antes de esa fecha podrán permanecer en el mercado hasta 28/02/2022 | 0,03 mg/l | Vino | Desde 2019 | 0,01 mg/l | |
ANALIZANDO PLOMO Y CADMIO
En el laboratorio DOLMAR analizamos Plomo y Cadmio. Estos parámetros están Acreditados por la norma ISO 17025 en las matrices: Vino, Mosto, Sidra, Cerveza, Bebidas espirituosas (excepto cremas) y Vinagres (excepto cremas).
La técnica es Espectroscopía de Absorción atómica PNT-36-01 basado en OIV-MA-AS-322-10 y OIV-MA-AS-322-12. Los límites de cuantificación cumplen la recomendación de ser, como mínimo, 5 veces inferiores a los límites legislativos.
Límite de cuantificación Plomo: 0,02 mg/kg
Límite de cuantificación Cadmio: 0,003 mg/kg
REGLAMENTO
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32023R0915 Reglamento 2023/915 de la Comisión, relativo a los límites máximos de determinados contaminantes en los alimentos y por el que se deroga el Reglamento 1881/2006