NUEVOS LÍMITES MÁXIMOS DE PLOMO Y CADMIO

La UE establece límites más estrictos de plomo y cadmio en alimentos que afectan a la industria vitivinícola

Con el objetivo de reducir los contaminantes tóxicos en los alimentos, el pasado mes de agosto se publicaron en el DOUE dos nuevos reglamentos que disminuyen los límites máximos de Plomo y Cadmio en los productos alimenticios. Estos reglamentos modifican el Reglamento de Contaminantes 1881/2006 y entraron en vigor en los últimos días de agosto.

Los metales se encuentran naturalmente en los alimentos y algunos como el Hierro, Cobre o Zinc son necesarios en cantidades bajas para nuestra salud, pero hay otro grupo de metales como Plomo, Cadmio, Arsénico y Mercurio denominados comúnmente Metales pesados, que son perjudiciales. Éstos llegan a los alimentos como contaminantes ambientales desde el aire, el suelo y el agua procedentes de fuentes naturales e industriales: minería, quema de residuos, etc. Sus efectos en el organismo están relacionados con daños en hígado, riñón y cerebro.

A continuación analizamos los efectos de estos cambios legislativos en la industria vitivinícola:

PLOMO

Los límites aplican a Vinos y productos relacionados en función del año de cosecha, (se indican también los límites establecidos por la OIV):

ProductoAño de cosechaLímite
Plomo UE
Regl. UE 2021/1317
Año de cosechaLímite
Plomo OIV
R. oeno 638/19
Vino (incluido espumoso y excluido vino de licor),
 Sidra, Perada y Vino de frutas
2001 a 2015 0,20 mg/l 2006 a 2018 0,15 mg/l
2016 a 2021 0,15 mg/l A partir de 2019 0,10 mg/l
A partir de 2022 0,10 mg/l
Vino aromatizado, bebidas aromatizadas a base de vino
y cócteles aromatizados de pdtos vitivinícolas
2001 a 2015 0,20 mg/l
2016 a 2021 0,15 mg/l
A partir de 2022 0,10 mg/l
Vino de licor elaborado a partir de uvas A partir de 2022 0,15 mg/l A partir de 2019 0,15 mg/l
Vinos de licor sujetos a
largos periodos de envejecimiento
El límite vigente
en el momento
de su producción
Zumos de frutas, zumos de frutas concentrados
reconstituidos y Néctares de Bayas y otras frutas pequeñas
30/08/2021 Los productos
comercializados antes de
esa fecha podrán
permanecer en el mercado
hasta el 28/02/2022
0,05 mg/l

CADMIO

La legislación europea no pone un límite de cadmio en vino, aplicaría el límite del producto de origen: uvas, en este caso en el grupo de Bayas y frutas pequeñas, (también se indican los límites de la OIV que sí establece límites para el vino).

Producto Año de cosecha Límite Cd UE
Regl. UE 2021/1323
Producto Año de cosecha Límite Cd OIV
OIV-MA-CI-01:R2019
Bayas y frutas pequeñas Desde 2006 a 2021 0,05 mg/l Vino Desde 2006 a 2018 0,05 mg/l
30/08/2021 Los productos
comercializados antes de esa fecha
podrán permanecer en el mercado
hasta 28/02/2022
0,03 mg/l Vino Desde 2019 0,01 mg/l

ANALIZANDO PLOMO Y CADMIO

En el laboratorio DOLMAR analizamos Plomo y Cadmio. Estos parámetros están Acreditados por la norma ISO 17025 en las matrices: Vino, Mosto, Sidra, Cerveza, Bebidas espirituosas (excepto cremas) y Vinagres (excepto cremas).

La técnica es Espectroscopía de Absorción atómica PNT-36-01 basado en OIV-MA-AS-322-10 y OIV-MA-AS-322-12. Los límites de cuantificación cumplen la recomendación de ser, como mínimo, 5 veces inferiores a los límites legislativos.

Límite de cuantificación Plomo: 0,02 mg/kg

Límite de cuantificación Cadmio: 0,003 mg/kg

REGLAMENTOS

Reglamento 1881/2006, de 19 de Diciembre de 2006, de la Comisión, por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios

Reglamento (UE) 2021/1317, de 9 de agosto de 2021, de la Comisión, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1881/2006 en lo relativo a los contenidos máximos de plomo en determinados productos alimenticios

Reglamento (UE) 2021/1323, de 10 de agosto de 2021, de la Comisión que modifica el Reglamento (CE) nº 1881/2006 por lo que respecta al contenido máximo de cadmio en determinados productos alimenticios.

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